En el presente enlace se puede observar decisión
emanada por la Sala Político-Administrativa del
Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los quince (15) días del mes de
diciembre del año dos mil once (2011), en la que se observa un conflicto
de jurisdicción con respecto a una universalidad de bienes y en la relevancia
que tiene el factor de conexión sucesoral, que es la apertura de la sucesión en
el último domicilio del causante y este la norma que regirá la partición de la masa hereditaria.
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