martes, 30 de septiembre de 2014

Sucesiones Testamentarias

     El derecho sucesoral, desde el punto de vista del Derecho Internacional Privado, lo tenemos regulado por la Ley del Derecho Internacional Privado en su artículo 34, en la que se establece que las sucesiones se rigen por la Ley del domicilio del causante, es decir donde habitualmente hacía vida común la persona fallecida, y es por tanto perfectamente aplicable el Derecho Extranjero, cuando el causante tenga bienes ubicados en Venezuela; y de forma recíproca si existen bienes en el Extranjero, pues la norma que se aplicará será la Ley venezolana en materia sucesoral.
   Como se ha dicho anteriormente, si el último domicilio del causante es el Territorio venezolano, pues la norma que rige es el derecho venezolano y en consecuencia el articulo 27 de la Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos, establce los lapsos enla que será presentada la Declaración como lo es de 180 días habiles, contados a partir de la fecha del fallecimiento del de cujus. 
       al respecto establece:

Artículo 27: A los fines de la liquidación del impuesto, los herederos y legatarios, o uno 
cualquiera de ellos, deberán presentar dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes a la apertura de la sucesión una declaración jurada del patrimonio gravado conforme a la presente ley.
Por otra parte,el Código Civil pueden venezolanos o extranjeros otorgar testamentos en el extranjero, válidos y reconocidos por el derecho venezolano, cuando cumplan determinadas formalidades. Existen aquí dos posibilidades:
  • El testamento es otorgado ante la autoridad extranjera competente. Este testamento debe cumplir los requisitos de forma de la ley del país y debe ser otorgado de forma auténtica, de forma escrita, por una sola persona y no a puño y letra.
  • El testamento es otorgado ante el agente diplomático o consular venezolano, quien posteriormente lo remitirá a Venezuela para su registro ante las autoridades competentes.


No hay comentarios:

Publicar un comentario